La Delegación de Fiestas Populares, Participación Ciudadana e Inclusión Social del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, con el fin de mantener nuestras tradiciones, fomentar su difusión y la participación de la ciudadanía en lo referente a esta fiesta, convoca el concurso para seleccionar el cartel anunciador de la misma.

Las obras presentadas deberán reflejar inexcusablemente los valores que se expresan para la Feria y Fiestas Patronales de Bollullos de la Mitación, centrados principalmente en la participación, la fiesta, la tradición y la proyección exterior del pueblo. De estilo y técnica libres, tienen que reflejar un espíritu festivo con marcada orientación publicitaria y de promoción, tanto de la feria y fiestas anunciadas como del propio pueblo de Bollullos de la Mitación.

Todas las personas que lo deseen pueden participar en este concurso, sin necesidad de estar empadronadas en el municipio. Cada participante puede entregar cuantas obras desee, pero será indispensable que sean inéditas, originales y exclusivas para este concurso.

El jurado estará presidido por la concejala delegada de Fiestas Populares, Participación ciudadana e Inclusión social, Lucía González, sin derecho a voto, y compuesto, al menos, por dos personas empleadas públicas. Además de, como mínimo, dos profesionales del ámbito artístico.

El premio de este concurso es de 400 € para el cartel que resulte ganador, que será abonado en el ejercicio 2024 con cargo a la aplicación presupuestaria vigente de Fiestas Populares y Festejos, Premios 338/482.00 del Excmo. Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, para lo cual se ha realizado la correspondiente retención de crédito. Sobre la cantidad mencionada se realizarán las retenciones de impuestos que marque la ley.

El plazo de inscripción y recepción de las obras ya está abierto hasta el domingo el 7 de julio, 20 días después de la publicación de las bases del concurso, donde se pueden encontrar todos los detalles, el formulario de inscripción y el documento de declaración responsable. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya sea de forma presencial o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
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