Además deben estar autorizadas por la administración correspondiente
Consumo recuerda que las entradas de cotillones o fiestas deben llevar el CIF y la razón social de la empresa organizadora
Es importante contar con una adecuada información acerca de los requisitos que tienen que cumplir las empresas organizadoras de dichos eventos. Dichas empresas deben contar con la oportuna comunicación o declaración responsable de la actividad o solicitar autorización, según los casos, de los Ayuntamientos. De no ser así, la fiesta sería ilegal, supone un riesgo para la seguridad de las personas y además puede ser cerrada por las autoridades municipales con las inevitables consecuencias de decepción de las expectativas de divertirse y problemas para que los organizadores no autorizados devuelvan el dinero.
Además, es fundamental asegurarse de que las empresas organizadoras tengan contratado un seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros, personales y materiales, y es recomendable que cuenten asimismo con un seguro para responder en caso de pérdidas o robos de objetos custodiados en guardarropa.
Hay que comparar precios entre las diferentes opciones, y también las prestaciones que se ofrecen en el evento organizado y la calidad de los servicios. Ante todo, la seguridad tiene que estar garantizada, y debemos cerciorarnos de que se han dispuesto los mínimos requisitos de seguridad exigibles, tales como: que el local cuente con salidas de emergencia suficientes y utilizables, además de extintores; la existencia de aseos suficientes y de buena calidad; que haya información sobre el aforo total del local y el número de entradas puestas a la venta para el evento.
A la hora de adquirir las entradas para la fiesta, las personas consumidoras deben adquirir las entradas a través de canales fiables y confirmados por a empresa organizadora. La entrada o ticket del evento debe indicar, entre otros aspectos: la identificación del responsable de la fiesta (CIF, domicilio social); el precio final y completo (incluyendo cualquier tipo de impuesto, cargas o importes por servicios accesorios), así como el aforo.
Consumo recuerda la importancia de conservar tanto la entrada o ticket como los folletos publicitarios que hubiera del evento. La publicidad es vinculante y forma parte del contrato, y por lo tanto se trata de un elemento esencial para cualquier posible reclamación.
El establecimiento donde se celebre una fiesta organizada debe contar con hojas oficiales de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía a disposición de la clientela que la solicite, así como con el cartel anunciador de la existencia de aquellas.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo [email protected], ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es ,y de sus redes sociales.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.
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