El Ayuntamiento de Gines ha abierto la II convocatoria de ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas del municipio para el mantenimiento de su actividad, pudiéndose solicitar desde el 30 de julio de 2022.

Esta iniciativa municipal, cuyo objetivo es paliar el impacto negativo a nivel económico a consecuencia de la pandemia, especialmente en sectores como los autónomos, se incluye dentro del «Programa de Empleo y Apoyo Empresarial» del Plan de Reactivación Económica y Social (Plan Contigo) de la Diputación Provincial.

De esta forma, la cuantía total de las ayudas asciende a 370.000€, siendo el importe de la presente convocatoria 226.250€. En la anterior convocatoria, de la que se beneficiaron 130 personas autónomas de Gines, se ejecutó un presupuesto de 146.250€.

A continuación puede consultarse la información básica sobre estas ayudas, cuyas bases son las mismas para las dos convocatorias; la anterior y la presente.

Para una información más detallada, se recomienda consultar las bases completas y el extracto de las mismas en el BOP:

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLAS AYUDAS?
Para poder optar a estas ayudas, deben cumplirse los siguientes requisitos:

- Ser o haber sido beneficiario de la prestación extraordinaria por cese de actividad de conformidad con el RDL 8/2020 de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

- Estar constituido y funcionando con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y permanecer de alta a la fecha de solicitud de la presente ayuda.

- Estar de alta en el régimen de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente, y en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en el momento de presentación de la solicitud.

- Contar con local abierto y/o domicilio fiscal en el municipio de Gines.

- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 abril.

- No tener deudas con el Ayuntamiento de Gines.

¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA AYUDA?
De 1.000 a 2.500 euros, dependiendo del número de empleados/as.

¿QUÉ CRITERIOS SE SIGUEN PARA LA CONCESIÓN?
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

- La fecha de alta en el régimen de RETA (70% de la puntuación), de acuerdo al siguiente baremo:

• Hasta dos años (730 días): 1 puntos.

• Hasta tres años (1.095 días): 3 puntos.

• Hasta cinco años (1.825 días): 5 puntos.

• Más de cinco años (más de 1.825 días): 7 puntos.

- Número de trabajadores contratados (30% de la puntuación), de acuerdo al siguiente baremo:

• Por cada trabajador a tiempo completo 1 punto, a tiempo parcial 0,75 puntos si el contrato supera el 50% de la jornada laboral, 0,50 puntos si es el 50% de la jornada, o 0,25 puntos si no supera el 50% de la jornada, hasta un máximo de 3 puntos.

PLAZO DE SOLICITUD
Del 30 de julio al 18 de agosto de 2022, ambos días inclusive.

¿CÓMO SE SOLICITA?
Preferentemente por vía telemática a través del enlace específico para pedir estas ayudas la Sede Electrónica del Ayuntamiento (en el apartado ‘trámites destacados’), en la dirección www.ayuntamientodegines.sedeelectronica.es

DOCUMENTACIÓN A APORTAR
- Fotocopia del DNI.

- Declaración responsable firmada por la persona interesada donde declarará que cumple los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de la presente ayuda económica (Anexo II).

- Declaración actualizada de situación censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, domicilio fiscal y en su caso, establecimiento donde se desarrolla la actividad (Modelo 036/037).

- Informe de vida laboral actualizado con fecha igual o posterior al inicio del plazo de solicitud.

- Informe de vida laboral de la empresa, para aquellos solicitantes que tengan trabajadores, en su caso.

- Copia del alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta en la que se realizará el ingreso.

- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

- Certificado de estar al corriente de pagos en obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la Agencia Tributaria de Andalucía.

- Resolución o acuerdo de reconocimiento de prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores/as autónomos/as.

BASES COMPLETAS
BOP del 30 de septiembre de 2021



www.ayuntamientodegines.sedeelectronica.es

CONVOCATORIA



Más información en la Agencia de Desarrollo Local. Polígono Industrial Servialsa. Calle G, s/n fno. 954719045.
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