Desde la Delegación de Desarrollo Local
El Ayuntamiento de Bormujos ofrece ayudas a empresarios y autónomos destinadas al pago de los recibos de la luz
El Ayuntamiento ha destinado una partida de 50.000 euros para paliar los gastos derivados del pago del suministro eléctrico de empresas y autónomos del municipio correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre de 2021.
¿Para qué es la ayuda y quién podrá solicitarla?
Serán subvencionables derivados del pago de los gastos de suministro eléctrico de empresas y autónomos del municipio correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre de 2021, siendo la cuantía máxima de 1.000 euros.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases las personas físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que cuenten con su centro de trabajo y realicen la actividad subvencionada en Bormujos.
- Que acrediten recibos de electricidad correspondientes al establecimiento en el que desarrolla su actividad empresarial que será el que conste en la correspondiente Declaración censal de actividad. En caso de contar con más de un establecimiento abierto sólo se subvencionará el recibo de un solo local.
- Que el titular de los recibos de electricidad sea, en caso de persona física, el empresario individual y en caso de persona jurídica, lo sea dicha persona jurídica (sociedad, cooperativa…).
- En el caso de actividades que se encuentren ubicadas en el domicilio particular del empresario sólo será subvencionable la cuantía correspondiente al número de metros que ocupan el espacio en el que se desarrolla la actividad, lo que habrá de acreditarse mediante la aportación del modelo de Declaración Responsable, acompañada del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
- En el caso de varias personas físicas y/o jurídicas que desarrollan su actividad en el mismo establecimiento, solo podrá solicitar la ayuda la persona física o jurídica titular del recibo.
Documentos necesarios
Documentación a aportar junto con la solicitud (Anexo 25) y anexos:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en el caso de persona física o CIF en caso de persona jurídica.
- Copias de las facturas de suministro eléctrico correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 así como documento acreditativo del pago.
- Certificado actualizado, dentro del periodo de solicitud de la ayuda, de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia tributaria, Seguridad Social
- En el caso de empresas y autónomos que ejerzan su actividad en un domicilio particular deben aportar, debidamente cumplimentado y firmado, el modelo de declaración responsable relativa a la ocupabilidad de espacio real de la actividad, así como el último recibo de IBI. (Anexo 25E1).
- Certificación Censal de actividad expedida por la Agencia Tributaria.
- En caso de solicitud de ayuda como representante, anexo de representación cumplimentado y firmado.
- En caso de actuar como representante deben aportar junto con el Anexo 25E el Anexo de representación (Anexo 25E2)
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación que haya de presentarse será desde el 17 de diciembre al 5 de enero de 2022 ambos incluidos.
¿Cómo tramitarlas?
a. En la sede electrónica del Ayuntamiento de Bormujos. Otros trámites.
Ayudas a autónomos por covid-19. Descargar documentos.
b. En el Registro General del Ayuntamiento con cita previa, http://www.bormujos.es/ayuntamiento/cita-previa/. Deben seleccionar la misma para el Centro de Formación sito en Avda. de Mairena nº 56.
c. Cualquier otra forma señalada en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
Normativa reguladora
Resolución en virtud de la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Ayuntamiento de Bormujos destinadas a paliar el impacto de la crisis energética y la elevada subida del precio de la energía derivada de la misma, sobre empresarios y autónomos del municipio.
Para cualquier información pueden telefonear al 683 13 55 13 o solicitar cita previa a través de la página www.bormujos.es
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