Asistencia Económica y Fiscal
El OPAEF acepta nuevas delegaciones de Lora del Río y Carrión de los Céspedes
En el caso de Lora del Río, este acuerdo añade la recaudación voluntaria de las tasas por la prestación de los servicios del ciclo integral del agua y demás figuras de cobro conjunto a las competencias que hasta la fecha venía desarrollando el Organismo en virtud del convenio de fecha 31 de julio de 2002. Este convenio incluía la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), así como la recaudación voluntaria de las Tasas de entrada de vehículos y vehículos industriales, y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública. De otra parte, según el convenio de 9 de agosto de 2013, es municipio delegó también el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación.
Por convenio de fecha 17 de junio de 2008 y adaptado con fecha 30 de septiembre de 2019, el OPAEF venía gestionando para Carrión la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), así como la recaudación voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública. Mediante el convenio de 24 de enero de 2019 dejó en manos del Organismo también el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación.
Finalmente, el Consejo Rector ha sido informado sobre el cumplimiento por el O.P.A.E.F., durante el segundo trimestre de 2025, de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Carrión de los Céspedes
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